Respuesta corta

Te obliga Verifactu si desarrollas una actividad económica, usas un programa para facturar (aunque sea solo para una parte de tu actividad), tienes el domicilio fiscal en territorio común y no llevas los libros de IVA por el SII.

Quién está obligado: artículo 3.1

El artículo 3.1 del Real Decreto 1007/2023 enumera cuatro grupos, siempre que «utilicen sistemas informáticos de facturación, aunque solo los usen para una parte de su actividad»:

ArtículoQuiénEjemplosFecha límite
3.1.a)Contribuyentes del Impuesto sobre SociedadesSL, SA, cooperativas, sociedades civiles con objeto mercantil, UTEAntes del 1/1/2027
3.1.b)Contribuyentes del IRPF con actividades económicasAutónomos, profesionalesAntes del 1/7/2027
3.1.c)Contribuyentes del IRNR con establecimiento permanenteSucursal en España de una empresa extranjeraAntes del 1/7/2027
3.1.d)Entidades en atribución de rentas con actividades económicasComunidades de bienes, sociedades civiles sin objeto mercantilAntes del 1/7/2027

Son contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades las personas jurídicas (salvo las sociedades civiles sin objeto mercantil) y otras entidades que enumera el artículo 7 de la Ley 27/2014, entre ellas las uniones temporales de empresas (UTE), muy habituales en la construcción. Por tanto, una UTE tiene como fecha el 1 de enero de 2027.

Dentro del Impuesto sobre Sociedades hay un matiz: las entidades totalmente exentas del artículo 9.1 de la Ley 27/2014 (Estado, comunidades autónomas, entidades locales, Banco de España, etc.) no están sometidas. Las parcialmente exentas (artículos 9.2, 9.3 y 9.4, como muchas fundaciones y asociaciones) solo lo están por las operaciones que generan rentas sujetas y no exentas.

La «regla de los 4 NO» de la AEAT

La AEAT lo resume en sus preguntas frecuentes: te afecta si cumples las cuatro condiciones siguientes. Cada una tiene su base en el reglamento:

CondiciónBaseSi no se cumple…
1. NO facturas exclusivamente de forma manualArt. 3.1: «que utilicen sistemas informáticos de facturación»Si todas tus facturas son a mano o en talonario, no te afecta.
2. NO estás en el SII (obligatorio o voluntario)Art. 3.3, que remite al art. 62.6 del Reglamento del IVATe excluye. Tienes tus propias obligaciones de suministro inmediato.
3. NO tienes el domicilio fiscal en el País Vasco ni en NavarraArt. 1.3: solo se aplica «cuando tengan su domicilio fiscal en territorio común»País Vasco: TicketBAI. Navarra: su propia normativa foral.
4. NO tienes una resolución de no aplicación en vigorArt. 5: resolución del Departamento de Inspección de la AEATSolo te exime mientras esté en vigor.

Casos dudosos

Word, Excel y hojas de cálculo

La AEAT distingue según para qué uses la herramienta. Si solo sirve para introducir los datos, expedir e imprimir las facturas, no es un sistema informático de facturación. Si procesas esa información para generar directamente los libros registro de IVA (su ejemplo es una macro que genera el libro registro de facturas expedidas), sí lo es y tiene que cumplir el reglamento.

Recargo de equivalencia y agricultura, ganadería y pesca

Según la AEAT, quien solo opera en esos regímenes no está afectado con carácter general, porque no está obligado a expedir factura, salvo excepciones. Pero si expides facturas con un programa, aunque sea voluntariamente, te aplica.

Canarias, Ceuta y Melilla

El reglamento se aplica también allí. El artículo 1.3 aclara que sus referencias al IVA se entienden hechas al IGIC en Canarias y al IPSI en Ceuta y Melilla.

Quien factura en nombre de otro

El artículo 4 excluye algunas operaciones: las de las disposiciones adicionales tercera y sexta del reglamento de facturación, las realizadas mediante establecimientos permanentes en el extranjero y ciertas facturas expedidas por el destinatario o por terceros. Si es tu caso, revisa el texto del artículo con tu asesor.

Los fabricantes de software también están obligados

El artículo 3.2 extiende el reglamento a los productores y comercializadores de sistemas de facturación. Debían ofrecer productos adaptados desde el 29 de julio de 2025 y responden con multas de 150.000 euros por ejercicio y tipo de sistema. Que el fabricante esté obligado no te libra a ti: el artículo 201 bis.2 de la Ley General Tributaria sanciona también la tenencia de sistemas que no se ajusten a la norma cuando no estén debidamente certificados teniendo que estarlo, o cuando se hayan alterado, con 50.000 euros por ejercicio. Detalle en sanciones.

Preguntas frecuentes

¿Tengo que usar Verifactu si facturo con Excel?

Depende de cómo lo uses. Según la AEAT, si la hoja de cálculo solo sirve para escribir, expedir e imprimir las facturas, no es un sistema informático de facturación. Si procesas los datos para generar directamente el libro registro de facturas (por ejemplo, con una macro), sí lo es y debe cumplir.

¿Si hago las facturas a mano me afecta?

No. Si expides todas tus facturas a mano o en talonario, no usas ningún sistema informático de facturación y el reglamento no te afecta.

¿Afecta a los autónomos en módulos?

El reglamento se aplica a los contribuyentes del IRPF que desarrollan actividades económicas, sin distinguir el método de estimación. Lo decisivo es si expides facturas con un sistema informático. Si estás en recargo de equivalencia o en el régimen de agricultura, ganadería y pesca y no expides facturas, con carácter general no te afecta.

¿Puedo pedir que no me aplique?

El artículo 5 del RD 1007/2023 permite solicitar a la AEAT una resolución de no aplicación por prácticas del sector o por circunstancias técnicas excepcionales. Solo te exime si te la conceden y mientras esté en vigor.

Fuentes oficiales

Revisado el 25 de septiembre de 2026
  1. Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre (texto consolidado)BOE
  2. RD 1007/2023, disposición final cuarta (plazos), redacción del RD-ley 15/2025BOE
  3. AEAT: Preguntas frecuentes sobre el ámbito de aplicaciónAEAT
  4. Reglamento del IVA (RD 1624/1992), artículos 62.6 y 71.3BOE
  5. Ley 27/2014, del Impuesto sobre Sociedades, artículos 7 y 9BOE
  6. Ley 58/2003, General Tributaria, artículo 201 bisBOE

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